SCJN legaliza el genocidio de nonatos

Carlos Arturo Baños Lemoine / Ciudadano Cero

Carlos Arturo Baños Lemoine.

Nunca he sentido respeto alguno por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Siempre he tenido la convicción de que para ser “ministro” es más importante tener buenos contactos que ser un auténtico jurisconsulto. Pocas son las resoluciones de la Suprema Corte sobre temas trascendentes que me han parecido medianamente encomiables.

Concibo a los “ministros” de la Suprema Corte como mercenarios con toga: veletas de la veleidad que inclinan la balanza de la justicia a conveniencia con tal de no dejar de cobrar, por muchos años, sus jugosas mesadas que, después, se transformarán en pensiones vitalicias.

Y confirmo esta visión pesimista después de la asquerosa pieza teatral que nos presentaron los “ministros” los días 06 y 07 de septiembre, en los que el “alto tribunal” de México abordó el trascendente tema del aborto.

Este tema ha sido importantísimo a lo largo de la historia del Derecho, porque debemos recordar que la vida humana es uno de los grandes derechos universales, sobre todo dentro de las democracias modernas. Vida, libertad y propiedad son, de hecho, los tres derechos fundadores de la Modernidad. De estos tres derechos se derivan todos los demás y, sin estos tres derechos, se cae todo sistema jurídico.

Por ello, el tema del aborto es sumamente importante, y abordarlo requiere altas dosis de inteligencia y de responsabilidad socio-histórica. Desafortunadamente, los diez “ministros” que abordaron y resolvieron recientemente este tema nos quedaron a deber y a deber mucho. Su nivel de mediocridad y de parcialidad fue más que evidente.

El proyecto original del Ministro Luis María Aguilar Morales no iba mal encaminado, porque supo reconocer que en el problema del aborto hay dos derechos en pugna: a) el derecho a la reproducción voluntaria por parte de la mujer y b) el derecho a la vida por parte de la persona que se forma en el vientre de la mujer y que está por nacer (nasciturus).

Por ello, la esencia de una buena solución a este problema radica en hacer compatibles ambos derechos: debe existir un equilibrio entre los dos, donde un derecho no subyugue al otro.

Esto nos explica por qué ninguno de estos dos derechos se considera absoluto. Y esto nos explica, también, por qué casi todas las soluciones que se le han dado al asunto del aborto permiten, bajo ciertas circunstancias, la práctica del mismo dentro de cierta temporalidad y ciertas condiciones de salud. La idea central aquí es que llega un momento de la preñez en el cual el producto de la gestación ya se considera persona para el mundo del Derecho y, por ello, debe estar protegido y defendido su derecho a la vida dentro del vientre de la mujer: ya es persona, aunque aún no nazca (nasciturus).

Por eso, muchos países permiten el aborto incluso a voluntad de la mujer hasta cierto número de semanas, pasadas las cuales el aborto ya se considera un homicidio justo porque se está matando a un ser humano que está por nacer. Y en la determinación de esta temporalidad resulta de mucha importancia el desarrollo de la embriología, rama de la medicina que cada día nos sorprende más con sus avances.

En la Ciudad de México, en el 2007, se despenalizó el aborto practicado dentro de las doce primeras semanas de gestación, pasadas las cuales el aborto ya resultaba punible. Y un criterio de esta naturaleza esperábamos por parte de la Suprema Corte, que además estaba obligada a considerar los más recientes avances de la embriología para ajustar el número de semanas.

¿Y qué obtuvimos? Obtuvimos un criterio obtuso y totalmente absolutista a favor de la mujer que quiera abortar; un criterio que se basa en la mitología feminista y que pasa por encima de los avances de la embriología y del interés superior de la niñez en calidad de nasciturus.

La aberrante y abyecta Suprema Corte de Justicia de la Nación rompió, en esta semana fatídica, el histórico equilibrio entre mujer embarazada y persona por nacer (o persona nonata), para establecer un podrido e irracional criterio absolutista: ya no habrá sanción alguna para las mujeres que aborten, incluso cuando aborten a personitas que ya tengan su cuerpo totalmente formado y diferenciado. Como caso hipotético: nadie podrá penalizar a la mujer que aborte, por ejemplo, a un sietemesino. Imaginen ustedes otros casos similares.

¿Vamos entendiendo en qué radica la podredumbre de la Suprema Corte?

Por ello digo, sin ambages ni reservas, que la Suprema Corte de Justicia de la Nación acaba de legalizar el genocidio de nonatos.

Gracias a la putrefacta Suprema Corte de Justicia de la Nación, las feministas ya cuentan con sus campos de exterminio masivo, como en su momento los nazis. Sólo que aquí no habrá cámaras de gases sino quirófanos y recetas de misoprostol.

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Esta videocolumna de análisis, crítica y opinión es de autoría exclusiva de Carlos Arturo Baños Lemoine. Se escribe y publica al amparo de los artículos 6º y 7º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Cualquier inconformidad canalícese a través de las autoridades jurisdiccionales correspondientes.

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