Corte limita acuerdo de AMLO sobre obras: impide reservar información

SCJN

México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) echó para atrás, a medias, el acuerdo emitido por el presidente Andrés Manuel López Obrador mediante el cual se consideraba como asunto de interés público y de seguridad nacional a las obras prioritarias del gobierno federal, como el Tren Mayo, la refinería de Dos Bocas o el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), entre otros.

El alto tribunal concedió la suspensión al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), que interpuso la controversia constitucional 217/2021 ante la Corte en contra del acuerdo que publicó el Ejecutivo en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación el pasado 22 de noviembre.

En la lista de notificaciones, sección de trámite de controversias constitucionales y de acciones de inconstitucionalidad de la SCJN publicada este martes 14 de diciembre, se indica que un magistrado, del que no se precisa nombre, concedió parcialmente una suspensión solicitada por el Inai.

“Es procedente la suspensión para que se suspendan todos los efectos y las consecuencias del acuerdo impugnado que deriven en catalogar la información detallada en éste como de interés público y/o seguridad nacional, sin cumplir con los supuestos que las leyes respectivas prevén para ese efecto”, se lee en el documento.

Sin embargo, la resolución del magistrado de la Corte agrega que “es improcedente la medida cautelar solicitada para suspender las acciones que se indican en el acuerdo impugnado en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México”. Es decir, los efectos del acuerdo presidencial siguen vigentes, excepto lo referente a acceso a la información.

Dicho acuerdo presidencial fue publicado para que agilizar los trámites en las obras prioritarias del gobierno federal.

“La medida suspensional concedida surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna, sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superveniente (…) Dada la naturaleza e importancia de esta medida cautelar, se habilitan los días y horas que se requieran para llevar a cabo las notificaciones de este acuerdo”, apunta.

Un día después de la publicación del acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, el Inai estimó que el considerar los proyectos prioritarios de infraestructura como de seguridad nacional podría ser usado como un supuesto para reservar información relacionada con las obras, “lo cual vulneraría el derecho de acceso a la información”. Por ello decidió interponer la controversia constitucional.

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