Cámara de Diputados dispensa trámites a iniciativa del Ejecutivo que reforma la Ley Minera

México.- El presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, informó que ayer domingo 17 de abril, se recibió la iniciativa del Ejecutivo Federal, con proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversos preceptos de la Ley Minera, misma que se encuentra publicada en la Gaceta Parlamentaria.

Con fundamento en el artículo 82, numeral 2, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, Gutiérrez Luna pidió consultar, en votación económica, si se considera de urgente resolución, se le dispensan todos los trámites y si se somete a discusión y votación de inmediato, lo cual fue admitido por el Pleno, por mayoría, en votación económica.

El propósito de la iniciativa es establecer que la exploración, explotación y aprovechamiento del litio estarán exclusivamente a cargo del Estado, por conducto del organismo público descentralizado creado para ello, por lo que no estará sujeto a otorgamiento de concesiones a favor de particulares, al igual que otros minerales estratégicos para la transición energética, en atención a las condiciones económicas y a los avances tecnológicos del país.

Menciona que el litio y otros minerales estratégicos para la transición energética de México deben ser explorados, explotados y aprovechados por la nación, en beneficio del pueblo soberano y para garantizar la soberanía energética.

La innovación científica y tecnológica que se vive, abunda, hace necesario que se replantee en la Ley Minera la importancia de algunos minerales para la nación como estratégicos y necesarios para la transición energética y el desarrollo tecnológico, como el litio y otros minerales que, conforme vaya evolucionando la ciencia y la tecnología, deben excluirse del ordenamiento minero genérico para darles, por su trascendencia económica, científica o tecnológica, un tratamiento jurídico especial, distinto del que se les otorga actualmente en la Ley Minera.

“Así pues, el litio y otros minerales deben ser explotados y aprovechados exclusivamente por la nación, a través de un organismo público descentralizado creado para ese efecto. Es imperioso que la nación recupere para sí los recursos minerales que son imprescindibles para su desarrollo, consiga la autodeterminación en esos ámbitos y atienda los reclamos de la soberanía del pueblo”, agrega.

Relata que actualmente el litio ha adquirido una relevancia tecnológica y económica por sus características: es el más ligero de todos los minerales y tiene múltiples aplicaciones en la vida cotidiana de la sociedad moderna.

Se emplea en la fabricación de aviones y trenes, en la producción de baterías en general, para la manufactura de las baterías de las computadoras portátiles, en los teléfonos, en distintos dispositivos digitales, en la industria de la cerámica y el vidrio, para producir grasas lubricantes, en la fundición de polímeros y en el tratamiento del aire, entre otros usos.

El carbonato del litio se utiliza en el tratamiento del trastorno bipolar y para atender diversas enfermedades mentales. Es, en estos momentos, uno de los metales más demandados por las industrias de tecnología de punta en el planeta.

Subraya que México tiene importantes reservas de litio que deben ser preservadas en beneficio del interés general y no de intereses mercantiles nacionales o extranjeros.

La iniciativa declara de utilidad pública la exploración, explotación y aprovechamiento del litio, por lo que no se otorgarán concesiones, licencias, contratos, permisos, asignaciones o autorizaciones en la materia. Serán consideradas zonas de reserva minera aquellas en que haya yacimientos de litio.

Reconoce que el litio es patrimonio de la nación y su exploración, explotación y aprovechamiento se reserva para beneficio exclusivo del pueblo de México. Las cadenas de valor económico del litio se administrarán y controlarán por la nación a través del organismo público señalado en el artículo 10 de la Ley.

Menciona que el Servicio Geológico Mexicano auxiliará al organismo descentralizado encargado de la explotación del litio en la ubicación y reconocimiento de las áreas geológicas en las que existan reservas probables del litio. En la explotación del litio y de sus cadenas de valor será deber del Estado mexicano proteger y garantizar la salud de los mexicanos, el medio ambiente y los derechos de los pueblos originarios.

La exploración, explotación y aprovechamiento del litio quedan exclusivamente a cargo del Estado, y se llevarán a cabo por el organismo público descentralizado que determine el Ejecutivo Federal en términos de las disposiciones aplicables. El cumplimiento de la legislación y tratados internacionales en materia de protección al medio ambiente y derechos de los pueblos originarios será escrupuloso por parte de dicho organismo público.

Se derogan las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan a este ordenamiento. Además, el Ejecutivo Federal, dentro de los 90 días hábiles posteriores a la entrada en vigor del presente decreto, emitirá, conforme a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el instrumento de creación del organismo público descentralizado.

Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente decreto, incluyendo la creación del organismo señalado en el párrafo anterior, se cubrirán mediante movimientos compensados, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, con cargo al presupuesto de la dependencia que asuma las funciones de coordinación sectorial del citado organismo de acuerdo con el decreto de creación, por lo que no se autorizarán ampliaciones al presupuesto del ramo correspondiente para el presente ejercicio fiscal para estos efectos.

Con información de la Cámara de Diputados

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