Busca Sayonara Vargas que en México se acceda al procedimiento de voluntad anticipada

México.- La diputada federal Sayonara Vargas Rodríguez (PRI) presentó una iniciativa que busca que en todo el territorio nacional las personas puedan acceder al procedimiento de voluntad anticipada en caso de que lleguen a estar en estado terminal.

La legisladora planteó que las dependencias y entidades de la administración pública federal instrumenten las acciones correspondientes para adecuar su normativa mediante el cual una persona planifique con lucidez, los tratamientos y cuidados de salud que desea recibir o rechazar en el futuro.

En un comunicado explicó que la voluntad anticipada no es lo mismo que la eutanasia, ya que promueve los cuidados paliativos y busca el mayor confort del paciente, respetando que la muerte llegue de manera natural, según el curso de la enfermedad, mientras que la eutanasia busca terminar con la vida del paciente y no está regulada legalmente en México.

La legisladora priista recordó que los avances en la investigación para la salud permiten acceder a tratamientos médicos para mantener vivas a personas enfermas o que hayan sufrido algún accidente en situación terminal, aunque también se presume que pudiera haber casos de personas que quedaron en invalidez mental, que no son capaces de externar sus deseos.

La priista también expuso que sólo en Ciudad de México, Coahuila, Aguascalientes, San Luis Potosí, Michoacán, Hidalgo, Guanajuato, Guerrero, Nayarit, Estado de México, Colima, Oaxaca, Yucatán y Tlaxcala, se tiene regulada la voluntad anticipada pero que en el resto del país no es legal, por lo que llamó a preservar la dignidad y la autonomía de todos los pacientes.

La propuesta reforma el inciso I y adicionar el inciso X del artículo 166 Bis 1, así como el artículo 164 Bis 4 de la Ley General de Salud, es para establecer que “toda persona con capacidad de ejercicio podrá acceder al procedimiento de voluntad anticipada, en caso de que llegase a estar en estado terminal, al externar su decisión mediante el documento que emita el área de la Secretaría de Salud responsable de la materia, entregado en la instancia pública de salud correspondiente. Dicho documento podrá ser revocado en cualquier momento”.

Con información de la Cámara de Diputados

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