SCJN aprueba por unanimidad que viuda de militar acceda a su pensión

México.- El 11 de enero del año en curso, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por unanimidad llegó a un acuerdo respecto al derecho de una persona militar retirada a recibir su pensión, no está sujeto a prescripción por falta de cobro.
La propuesta fue establecida por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien ha destacado su labor por su lucha a la defensa y promoción de los derechos humanos con énfasis a grupos en condiciones de vulnerabilidad. Debido a la propuesta, se otorgó un amparo a una mujer viuda de un militar desaparecido, a quien se le había negado el pago de su esposo.
Según señaló la ministra, la determinación de la Segunda Sala, garantiza la pensión del cónyuge desaparecido, concesión que es un derecho debido al número de años laborados por el uniformado. Esto debido a que se trata de una subsistencia de la persona militar retirada y de su familia beneficiaria, por lo que tienen un carácter vitalicio e imprescriptible.
“Con una visión protectora de los derechos humanos, se concluyó que no es razón válida negar el pago de la pensión bajo la premisa de que prescribió su cobro. Entre los argumentos que se alegaban para negar el pago, se tomó a consideración que el militar no se presentó por encontrarse desaparecido, lo que ocasionó el retraso en esa gestión por parte de su esposa, quien primero debió obtener la declaratoria judicial de muerte”, explicó la Ministra.
Redacción
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