Criterio de “modo honesto de vivir”, usado tramposamente por el TEPJF y el INE para inhabilitar a nuestros candidatos: Morena

México.- Las y los diputados del Grupo Parlamentario de Morena, integrantes de la LXV Legislatura, avalaron la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de rechazar el uso del criterio de “modo honesto de vivir” para inhabilitar como candidatos a un cargo de elección popular, por considerarse que existe contradicción ya que dicho concepto implica una ponderación subjetiva y puede traducirse en una forma de discriminación.

Al respecto, el diputado Hamlet García Almaguer aseguró que en los últimos años el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) idearon un sistema tramposo para despojar de candidaturas al Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), incluyendo a las “corcholatas”, bajo el concepto de “modo honesto de vivir”.

“Buscaban aplicar sanciones administrativas acumulativas para después negar el registro de nuestras compañeras y compañeros del movimiento”, afirmó en un comunicado.

En este sentido, el secretario de la Comisión de la Reforma Política-Electoral respaldó que la SCJN haya determinado que el TEPJF no pueda despojar los derechos políticos electorales, no sólo de las y los integrantes de Morena, sino de las y los ciudadanos que quieran participar para un cargo de elección popular, “utilizando esa teoría”.

“El día de ayer la ministra Norma Piña Hernández perdió una votación relevante de 7 a 4 votos en el pleno de la Corte relacionada en la discusión sobre el concepto modo honesto de vivir”, comentó.

Igualmente, la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega manifestó su beneplácito por la resolución y recordó que ella ya había propuesto una iniciativa que reforma el artículo 7 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el pasado 15 de junio.

“El objeto de la iniciativa es regular en la ley electoral la exigencia de la categoría ‘tener un modo honesto de vivir’ como un requisito de elegibilidad para ser postulado a un cargo público”, indicó.

En este sentido, aseguró que el contar con un “modo honesto de vivir” es una presunción jurídica en favor de cualquier persona, se trata de una presunción de igualdad que habilita a cualquier persona para tener la capacidad de participar en la política.

“Por ello, concordamos con la decisión de la Corte al considerar indebido que haya interpretaciones en contra de dicha presunción y que con base en tales interpretaciones se pretenda dejar inhabilitados a las personas para participar en una elección”, apuntó.

Con información de la Cámara de Diputados

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