Pensión alimenticia y la tonta “Ley 3 de 3”

Carlos Arturo Baños Lemoine / Ciudadano Cero

Carlos Arturo Baños Lemoine.

El feminismo es un cáncer social y lo es no sólo por sus ideas erradas y sus prácticas totalitarias, sino también porque está influyendo perniciosamente en las reformas legislativas y en las políticas públicas de este país. De hecho, el feminismo subyace en muchas de la reformas que están afectando negativamente a las mujeres, aunque parezca increíble porque se supone que el feminismo está “para defender a las mujeres”.

El ejemplo más reciente de esto es la tan aplaudida, tan cacareada y ya aprobada “Ley 3 de 3 contra la Violencia de Género” que, en realidad, es una reforma a los artículos 38 y 102 de la Constitución Nacional. Esta reforma establece que los varones violentadores con sentencia firme no puedan acceder a cargos públicos, y la misma reforma considera que los deudores alimentarios son violentadores. Por tanto, los varones que se constituyen como deudores alimentarios no pueden ser funcionarios públicos ni representantes populares. ¡Vaya estupidez que, incluso, afecta a los hijos acreedores alimentarios y a sus respectivas madres!

¿Será que todos los parlamentarios federales y estatales que aprobaron tal vacilada no se dieron cuenta de su evidentísimo error? Y miren que entre tales parlamentarios hay varios “doctores en Derecho” que, incluso, se ufanan de ser académicos aparte de ser parlamentarios. ¡Válgame Dios y válgame el Diablo!

A ver, cualquier abogado de medio pelo sabe perfectamente bien, incluso sin ser litigante, que las demandas de pensión alimenticia con triunfo seguro, y sin mayores complicaciones, son aquellas que se interponen en contra de deudores alimentarios que ejercen alguna función pública. ¿Por qué? Porque éstos cuentan con un empleo relativamente estable y con ingresos constantes fácilmente demostrables. ¡Oro molido para cualquier abogado que represente a un acreedor alimentario! ¡Así de fácil!

En consecuencia, a los acreedores alimentarios y a sus respectivas madres les conviene que el deudor alimentario sea funcionario público o representante popular porque, así, éste no puede evadir sus responsabilidades. ¡Queda claro, pues, que la dichosa “Ley 3 de 3 contra la Violencia de Género” es una estupidez que termina por afectar a quien se supone que pretende beneficiar!

En un país como México, donde el 60% de la economía es informal, bueno es que un deudor alimentario se mueva dentro de la economía formal. La “Ley 3 de 3” es, por tanto, una estupidez… ¡ah, eso sí, una estupidez “con perspectiva de género”!

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Esta videocolumna de análisis, crítica y opinión es de autoría exclusiva de Carlos Arturo Baños Lemoine. Se escribe y publica al amparo de los artículos 6º y 7º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Cualquier inconformidad canalícese a través de las autoridades jurisdiccionales correspondientes.

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