La Suprema Corte avala (de nuevo) el “genocidio intrauterino”  

Carlos Arturo Baños Lemoine / Ciudadano Cero

Carlos Arturo Baños Lemoine. 

Los días 06 y 07 de septiembre de 2021, hace dos años, la Suprema Corte de “Inmundicia” de la Nación avaló la total despenalización del aborto. Entonces, México experimentó una de las más abyectas y aberrantes degradaciones del Derecho. Y, de esta manera, el dizque “máximo tribunal” de este país demostró su total sometimiento a la dogmática, totalitaria y genocida mitología feminista, ya que “absolutizó” el “derecho al aborto”.

En aquel entonces (septiembre de 2021), la Suprema Corte de “Inmundicia” de la Nación declaró inconstitucionales los artículos 195 y 196 del Código Penal de Coahuila, a fin de que ninguna mujer fuera sancionada al practicarse un aborto en cualquier momento de la preñez. Y, desde entonces, resultó más que obvio que esta determinación judicial trascendería las fronteras de Coahuila, tal como acaba de suceder.

Justo ayer, miércoles 06 de septiembre de 2023, esa misma Suprema Corte de “Inmundicia” de la Nación, determinó que todo el articulado del Código Penal Federal  relativo al aborto es “inconstitucional” y que, por ello, dejará de surtir efectos jurídicos. Para fines prácticos, esto significa que el aborto dejará de ser punible en nuestro país de forma total y absoluta: cualquiera mujer podrá abortar, sin consecuencia penal alguna, cuando se le pegue la gana en cualquier momento de la preñez.

Sí, esa aberrante institución “pública” llamada Suprema Corte de “Inmundicia” de la Nación ha vuelto a avalar el asesinato masivo de no-natos, es decir, el genocidio intrauterino. Y, para ello, decidió negarle al feto todo atributo de “ser humano” siguiendo y aplicando la regla establecida por los nazis: para asesinar “legalmente” a un “ser humano” basta con negarle su calidad de “ser humano”.

Para la estúpida y podrida Suprema Corte de México, un feto no es un “ser humano” y, por ello, puede ser eliminado en cualquier momento de la preñez. Basta con que le “estorbe” a la mujer preñada para poder deshacerse de él. No importa que el feto ya esté formado y sólo necesite crecer en el vientre de la madre. No importa que el feto ya cuente con un ADN propio y con un Sistema Nervioso Central completo y funcional.

Si la mujer embarazada decide “deshacerse del producto” en cualquier momento del embarazo, simplemente puede hacerlo. Y, de esta manera, nuestra pestilente Suprema Corte de “Inmundicia” de la Nación ha pasado por encima incluso de la rica tradición jurídica y científica del nasciturus, es decir, del “ser humano por nacer” que ya merece y necesita la protección del Derecho, que ya merece y necesita la protección del Estado.

Los mexicanos tenemos, hoy por hoy, una de las Cortes Supremas más aborrecibles y más reprobables de nuestra historia. Y, ahora, cada quirófano y cada consultorio médico podrá ejercer las funciones de un “campo de exterminio”.

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Esta videocolumna de análisis, crítica y opinión es de autoría exclusiva de Carlos Arturo Baños Lemoine. Se escribe y publica al amparo de los artículos 6º y 7º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Cualquier inconformidad canalícese a través de las autoridades jurisdiccionales correspondientes.

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