La Constitución autoriza a los tribunales suspender leyes del Congreso, pero el PJF se atribuyó esa facultad en defensa de intereses políticos: Juan Ramiro Robledo

México.- El diputado Juan Ramiro Robledo Ruiz, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena y presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, apuntó que en ninguna parte de la Constitución Política se autoriza a los tribunales suspender leyes del Congreso de la Unión, pero el Poder Judicial de la Federación se ha atribuido facultades que rebasan sus competencias.

“La interpretación judicial se ha otorgado a sí misma facultades que no están en el derecho mexicano”, dijo al señalar el hecho de que un solo juez de amparo o un magistrado declaren que una ley es inconstitucional; “es anteponer a una persona (…) frente a la potestad soberana de 628 representantes de elección popular”.

Al presentar el posicionamiento de la bancada al dictamen que reforma los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de suspensión del acto reclamado e inconstitucionalidad de normas generales, señaló que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se atribuye asuntos que no están dentro de su competencia.

“No aceptamos el gobierno de los jueces en México”, remarcó en un comunicado y refirió que en el Poder Judicial se ha entendido que el interés privado está por encima del interés público.

Por lo anterior, celebró que el dictamen es el principio de una gran reforma judicial que abona a la división de poderes, la certeza del Estado de derecho y el orden de la República. Puntualiza que buscan que el amparo no se use con fines partidarios.

“Para que el instrumento de defensa de los derechos humanos y de la Constitución, que es el amparo, se preserve, pero que no se use con fines políticos partidarios”, expresó desde la máxima Tribuna de México.

Con información de la Cámara de Diputados

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