INE rechaza dictar medidas cautelares contra AMLO y sus mañaneras

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió improcedente emitir medidas cautelares contra expresiones emitidas por el presidente Andrés Manuel López Obrador y sus conferencias “mañaneras”.

Ello, en respuesta a las denuncias que presentó el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del Presidente de la República por la presunta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido y la vulneración a los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda, en el marco del Proceso Electoral Federal 2024, derivado de las expresiones realizadas en la Ceremonia Conmemorativa del Día de la Maestra y del Maestro y en las conferencias matutinas conocidas como mañaneras, de los días 20 y 21 de mayo del año en curso.

En cuanto hace a las conferencias del 20 y 21 de mayo de 2024, la Comisión resolvió improcedente su adopción. Esto, porque las difundidas en medios administrados por el Coordinador General de Comunicación Social del Gobierno de la República ya no se encontraron disponibles para su consulta, es decir, se trata de actos consumados, y respecto a las alojadas en la página https://lopezobrador.org.mx, se concluyó que son expresiones genéricas amparadas en la libertad de expresión y de información, siendo que podrían estar relacionadas con el ejercicio de su cargo y no necesariamente con el proceso electoral en curso, por lo que, preliminarmente, no se vulneran los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad.

De igual forma, se consideró improcedente la adopción de la medida cautelar solicitada respecto a la Ceremonia Conmemorativa del Día de la Maestra y del Maestro de fecha 15 de mayo en curso, puesto que el material denunciado ya no está disponible.

En relación con la tutela preventiva, se consideró improcedente porque ya existe al menos un pronunciamiento de la Comisión con relación a las solicitudes de referencia, además, se precisó que respecto al supuesto incumplimiento a medidas cautelares, el presunto beneficio indebido a favor del partido MORENA y el uso indebido de recursos, corresponderá a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el pronunciamiento respectivo al realizar el análisis de fondo del asunto.

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