Urgen a reconocer y retribuir trabajo de creadores

Frente a un panorama desafiante en el sector cultural y creativo, la Comisión de Cultura y Cinematografía de la Cámara de Diputados invitó a reflexionar sobre las garantías de los autores, creadores y titulares de derechos, respecto a la remuneración compensatoria por la utilización de sus obras.

México .— Frente a un panorama desafiante en el sector cultural y creativo, la Comisión de Cultura y Cinematografía de la Cámara de Diputados invitó a reflexionar sobre las garantías de los autores, creadores y titulares de derechos, respecto a la remuneración compensatoria por la utilización de sus obras.

Durante el conversatorio realizado este 6 de mayo, titulado “Retribución a la Creatividad y Derechos de Autor: La Copia Privada”, Sergio Mayer, presidente de dicha comisión, habló sobre la importancia de discutir estos temas y analizar los alcances de la remuneración compensatoria como ocurre desde hace tiempo en otros países.

Al respecto, José Luis Caballero señaló que más de 70 países alrededor del mundo contemplan esta figura, entre ellos Canadá, Estados Unidos, Francia, España, Alemania, Italia, Japón, Paraguay, Perú y al menos 17 países en América Latina, los cuales reconocen la figura de las excepciones y limitaciones.

Durante su ponencia el titular de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) añadió que como usuarios “nos hemos beneficiado de la tecnología y el acceso a contenidos de forma inmediata e ilimitada”, pero este modelo ha llevado al uso irrestricto de las obras y la pérdida absoluta de toda forma de control de los autores y el titulares.

“El derecho de autor en su concepción universal tiene una condición que identifica perfectamente bien la condición monopólica, el derecho de autor se traduce en la facultad que un autor tiene para decidir si autoriza o prohíbe el uso de su obra, y si lo hace en qué condiciones y a cambio de qué. Prácticamente todos los sistemas de derecho de autor del mundo han insertado dentro de su normativa excepciones o limitaciones que establecen en qué casos especiales es posible acceder a esas obras”.

Señaló que lo anterior ha impactado el patrimonio de los autores y los legítimos titulares de los derechos conexos: aristas, músicos, intérpretes, productores de fonogramas, videogramas, organismos de radiodifusión, editores de libros y otros actores; una medida que compensa la pérdida que el autor sufre con motivo de la realización de la copia privada sobre la cual no ejerce ningún tipo de control.

 

Compensar a los autores

Caballero habló de la necesidad de hacer vigente la remuneración compensatoria, una figura que aunque es reconocida desde 1996, no tiene la claridad necesaria para que sea un derecho efectivo y ejecutable, beneficio que recaería de manera directa en quien fabrica, distribuye, importa o comercializa dispositivos con capacidad de fijación temporal o permanente.

“El concepto de copia privada no es otra cosa que el derecho que tienen autores y titulares de derechos conexos a percibir una remuneración compensatoria por determinados actos de reproducción, sea de sus obras, manifestaciones y productos culturales. Si esta condición del uso exclusivo no estuviera reconocida el esfuerzo creativo, jamás tendría forma alguna de recompensarse”.

El especialista en Derecho de la Propiedad Intelectual explicó que no se trata de un impuesto o gravamen, sino de una remuneración que tiene como propósito compensar las pérdidas multimillonarias que autores y titulares padecen con motivo de los actos de reproducción, intercambio y puesta a disposición que los usuarios realizan.

José Rafael Fariñas, director regional para América Latina y el Caribe de la Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores (CISAC), habló sobre los casos y experiencias de países como Perú y Paraguay, países que han implementado esta regulación, que ha sido posible a partir del reconocimiento jurídico, la disposición expresa de la remuneración y un sistema para gestionarla.

“Respecto a la copia privada la tendencia siempre es a crecer, identificar países y regiones donde están dadas las condiciones para que se pueda instaurar como un mecanismo de compensación a los titulares de los derechos. Creo que para que ésta se materialice, no solamente en México, sino en el resto de los países, debemos tener una adecuada legislación, una apropiada aplicación de la ley y un efectivo mecanismo de recaudación, si es así, estamos seguros que pronto tendremos una realidad bastante alentadora y de provecho para los titulares”.

Finalmente, los participantes hicieron un llamado a no perder de vista el valor y el impacto que tiene en la sociedad el poder acceder a millones de libros de canciones, de películas, de pinturas, de diseños textiles y las expresiones de nuestros pueblos, las ejecuciones e interpretaciones artísticas y toda la gama de productos culturales que enriquecen nuestra vida cotidiana.

NTX

Número de vistas 7

Clima

CIUDAD DE MÉXICO

Hoy no circula

Tipo de cambio

Tipo de cambio USD: dom, 28 Abr.

Lo último

Notas relacionadas