AMLO podría ir a la cárcel hasta por 9 años

Ernesto Zavaleta

Ernesto Zavaleta.

El presidente de la República, el secretario de turismo, el titular de Fonatur y todas las personas involucradas en el reinicio de obras del Tren Maya en su tramo 5, podrían ser detenidos y presentados por la fuerza pública ante el Ministerio Público Federal, por desacato a una orden judicial, abuso de autoridad, ejercicio indebido del servicio público y violación a la Ley de Amparo.

Según explicaron varios abogados expertos en materia de amparo, los funcionarios públicos mencionados pueden ser acusados de abuso de autoridad y violación a la Ley de Amparo que prevé la destitución inmediata del cargo, inhabilitación de dos a nueve años para ocupar cargos públicos, multa de 60 a 400 días de salario mínimo y pena privativa de la libertad hasta por nueve años de prisión, como se establece en la Ley de Amparo y el Código Penal Federal vigentes.

Lo anterior además de las sanciones administrativas previstas en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la Ley General de Responsabilidades Administrativas y las sanciones y pagos por daños y perjuicios a los afectados.

“La autoridad responsable del desacato judicial comete el delito de Abuso de autoridad y por consiguiente el juez de amparo está obligado a darle intervención al MP federal para la consignación  correspondiente. Independiente del procedimiento administrativo en contra del funcionario omiso”, explicó Fidel Benítez Villalobos, quien subrayó “una decisión de amparo ordenada por un juez federal se acata, no se discute, aunque seas presidente de la República”.

El procedimiento en contra de esos servidores públicos se iniciaría una vez presentada la queja formal por la violación al dictamen judicial de los quejosos, organizaciones ambientalistas, ante el Juzgado Primero de Distrito de Yucatán quien en mayo pasado concedió un amparo definitivo para suspender la planeación, construcción, desarrollo y acondicionamiento del tramo 5 del Tren Maya, en favor de una asociación de  buzos que desean proteger la selva y el acuífero en la ruta del Tren Maya.

Marco Antonio Mendoza, abogado constitucionalista y vicecoordinador de la bancada del PRI en la cámara de diputados, explicó que “si bien el de Morena es un Estado fallido, que gobiernan fuera de toda lógica constitucional, el ministerio público federal no puede actuar de oficio, requiere de una denuncia o queja de los afectados por el incumplimiento del fallo judicial que les otorga el amparo contra la construcción del Tren Maya”.

Por su parte el presidente de la Academia de Derecho Penal del Colegio de Abogados de México, Alberto Woolrich Ortiz, señaló que “la Ley de Amparo es muy clara y no se puede usar interpretaciones políticas para evadirla, esa es la verdad  jurídica, pero hacerla realidad requiere del valor y la honestidad tanto de la Fiscalía General de la República (FGR) como de los jueces, magistrados y ministros del Poder Judicial”.

En este tema el doctor en Ciencias Penales y Derecho Administrativo de la UNAM; Oscar Flores, apunto que de acuerdo a la información recabada los delitos de abuso de autoridad, ejercicio indebido del servicio público y violación a la Ley de Amparo “ya se cometieron al avanzar durante una semana en la obra en contra del fallo judicial vigente”.

Lo jurídicamente correcto, dijo el doctor, es actuar en consecuencia, dar parte al ministerio público federal para abrir la carpeta de investigación correspondiente contra quienes resulten responsable e involucrar, de parte del juez que emite el amparo, a la fuerza pública para detener la obra y arrestar a quienes estén laborado en ella.

“Sabemos cómo se actúa en estos casos, se pondrán todos los pretextos y argumentos políticos, que no jurídicos, para dilatar el actuar de la Ley, pero es inevitable, con el sólo hecho de aceptación por parte de la autoridad responsable del incumplimiento del amparo, ya hay un hecho jurídico, un acto de carácter judicial para castigar a quienes violaron la Ley, aunque esto tarde dos u ocho años”, subrayó el académico.

El pretexto del inquilino de Palacio Nacional, como dijo Javier May Rodríguez, director general del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), es que el Tren Maya fue catalogado como tema de “Seguridad Nacional” por el Consejo de Seguridad Nacional. Aun cuando esta medida ya había sido prohibida por un juez en febrero pasado, en el amparo contra el llamado “decretazo”.

Un estudioso del derecho militar, ex funcionario de seguridad nacional e inteligencia, quien prefirió permanecer anónimo, señaló que la construcción del Tren Maya no entra en ninguno de los preceptos que establece la Ley de Seguridad Nacional para considerar su construcción en un asunto esa índole.

“Hay seis objetivos y 13 acciones que considera la Ley de Seguridad Nacional para actuar y declarar con ese nivel la respuesta o propuesta del gobierno federal, las fuerzas del orden y las fuerzas armadas y sólo dentro de ese margen se puede hacer tal declaratoria”.

Y citó el artículo cuarto de esa Ley:

“La Seguridad Nacional se rige por los principios de legalidad, responsabilidad, respeto a los derechos fundamentales de protección a la persona humana y garantías individuales y sociales, confidencialidad, lealtad, transparencia, eficiencia, coordinación y cooperación”.

En el texto del artículo Tercero de la Ley de Seguridad Nacional las señala seis acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano:

I.              La protección de la nación mexicana frente a las amenazas y riesgos que enfrente nuestro país;

II.            La preservación de la soberanía e independencia nacionales y la defensa del territorio;

III.           El mantenimiento del orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno;

IV.          El mantenimiento de la unidad de las partes integrantes de la Federación señaladas en el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (o sea las 32 entidades del país);

V.           La defensa legítima del Estado Mexicano respecto de otros Estados o sujetos de derecho internacional, y

VI.          La preservación de la democracia, fundada en el desarrollo económico social y político del país y sus habitantes

Ninguna aplica al Tren Maya, sin embargo el gobierno federal viola la Ley de Amparo y pretende eleva a rango de “seguridad nacional” la construcción del Tren Maya, una obra turística, sin fundamento jurídico, basado en una interpretación política que no genera excepción en la aplicación de la Ley de Amparo.

Por qué no ordena el presidente omitir el amparo que solicitó Rafael Caro Quintero, para evitar su extradición, o el de los 10 integrantes del Cartel de Sinaloa detenidos en Topilejo que presentarán un amparo contra su detención por tortura.

Esos amparos sí podrían encuadrarse en el párrafo tercero del artículo quinto de la Ley de Seguridad Nacional que califica como una amenaza “Actos que impidan a las autoridades actuar contra la delincuencia organizada”.

Frente a todos los mexicanos, en el máximo foro de la nación, la mañanera, el presidente Andrés Manuel López Obrador aceptó haber violado la Ley de Amparo, abuso de su poder, otra vez, y decidió hacer del Tren Maya un tema de seguridad nacional, no apoyado en la Ley, simplemente como cualquier autócrata o dictador así lo decidió.

“Ahora se ocupó otro procedimiento, que la obra se considera de seguridad nacional. Se estableció no, ante los jueces no, se lleva a cabo los procedimientos para terminar de demostrar que no hay ningún daño, eso se continúa, pero además, por ser un asunto de seguridad nacional, se tomó un acuerdo”.

Apenas en febrero de este año el Juzgado Décimo Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México ordenó la suspensión definitiva del llamado “decretazo” del presidente Andrés Manuel López Obrador, en materia de transparencia, y obligó al gobierno federal a dar información financiera sobre las llamadas mega obras.

Ya se había ordenado al presidente y su gobierno no escudar el gasto y desarrollo de sus mega obras bajo el argumento de que son temas de seguridad nacional”.

E insiste. No aprendió la lección del 2005, cuando lo persiguieron para desaforarlo por violar otro amparo para construir otra obra. No aprende. La Ley no se puede violar, torcer o ignorar, menos aún como Presidente.

Llegó la hora de ver que tan autónomo e independiente es el fiscal General de la República; Alejandro Gertz Manero, al abrir o no una carpeta de investigación-

Llegó la hora de ver los porcentajes de eficiencia, capacidad y lealtad de la secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, Rosa Icela Rodríguez, y si manda o no la Guardia Nacional para restituir el Estado de Derecho en el tramo 5 del Tren Maya.

Llegó la hora de ver si el presidente está dispuesto a ir a la cárcel hasta nueve años por el bien del pueblo bueno y sabio, por quien siempre habla…

En unos meses, en dos años o en ocho años el presidente Andrés Manuel López Obrador podría ir a prisión hasta por 9 años.

 

COMENTARIOS

https://twitter.com/ErnestoZavale

https://www.facebook.com/ernesto.zavaletag

[email protected]

 

Número de vistas 213

Clima

CIUDAD DE MÉXICO

Hoy no circula

Tipo de cambio

Tipo de cambio USD: vie, 26 Abr.

Lo último

Notas relacionadas

Cinco días con más de 80 asesinados

FacebookTweetPrint Rubén Cortés. El presidente se escabulle con la frivolidad de “que vaya Latinus”, pero la responsabilidad es suya como Jefe de Estado: en el país

¿Y los delitos cibernéticos?

FacebookTweetPrint Raúl Flores Martínez. Un mensaje de whatsapp, un correo electrónico, e incluso una llamada de una supuesta empresa de paquetería, puede ser el inició