Aprueban en comisiones dictamen para que toda persona trabajadora del campo tenga derecho a seguridad social

México.- Las comisiones unidas de Seguridad Social y de Trabajo y Previsión Social aprobaron el dictamen a la minuta que reforma las leyes Federal del Trabajo y del Seguro Social, para establecer que todas las personas trabajadoras del campo, cualquiera que sea la modalidad de contratación, tienen derecho a acceder a la seguridad social.

El documento fue avalado por 21 votos de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, que preside la diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján (Morena), y 18 votos de la Comisión de Seguridad Social, que encabeza el diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo (Morena).

Define como personas trabajadoras del campo a las personas físicas que realizan labores dirigidas a la obtención de alimentos o productos primarios a través de la realización de diversas tareas agrícolas, hortícolas, ganaderas, forestales, acuícolas, avícolas, apícolas u otras semejantes, siempre que éstas no sean sometidas a algún tipo de proceso industrial y en tanto se desarrollen en ámbitos rurales.

Precisa que persona trabajadora del campo es aquella contratada por tiempo indeterminado, o la prestación de sus servicios es de forma continua.

Asimismo, es aquella persona que es contratada por obra, tiempo determinado o por temporada, conforme a la naturaleza o necesidades propias de las actividades. Este esquema de trabajo comprende las personas trabajadoras del campo denominados estacionales, eventuales, jornaleras y jornaleros migrantes.

En las consideraciones, el dictamen señala que brindar seguridad social a los trabajadores informales del campo es crucial.

Destaca que la naturaleza informal, temporal y estacional del trabajo en la agricultura es un desafío significativo que afecta a las personas trabajadoras del campo; esta realidad plantea varias preocupaciones que deben abordarse desde una perspectiva laboral y social, ya que a menudo dejan a los trabajadores agrícolas desprotegidos y son más susceptibles a la explotación laboral y a recibir salarios bajos, en términos de derechos laborales.

Añade que los trabajadores del campo en modalidades temporales, pueden enfrentar riesgos laborales y ambientales significativos, sin las protecciones necesarias para salvaguardar la salud y la seguridad. La falta de contratos formales y estabilidad laboral puede traducirse en la ausencia de derechos sociales fundamentales, como la seguridad social y acceso a servicios de salud y educación.

Ambas comisiones consideran que para lograr una agricultura más equitativa y sostenible, es necesario salvaguardar, respetar y proteger los derechos, así como brindar seguridad social a los trabajadores, independientemente de la naturaleza temporal o informal de su empleo.

Observan que las reformas se alinean con los principios de derechos humanos, garantizan el acceso a un nivel de vida adecuado y a servicios de salud, lo que contribuye a cumplir con el marco jurídico nacional e internacional.

La diputada Cisneros Luján hizo notar que en la Ley Federal del Trabajo ya existe un capítulo específico relacionado con los trabajadores del campo, es decir no se está legislando por primera vez. “Lo que las y los senadores propusieron es perfeccionar lo ya existente con el fin de avanzar en la transformación en materia de trabajo y de seguridad social”.

En su oportunidad, el diputado Baldenebro Arredondo expresó que por el bien de los trabajadores del campo “estamos avanzando en su protección. Todos coincidimos en que queremos lo mejor para ellos”.

Con información de la Cámara de Diputados

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