Tras meses de trabajo, por fin se expide el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

México.- El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto por el que se expide el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.

El pasado 24 de abril, el Pleno de la Cámara de Diputados avaló el dictamen a la minuta que expide el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, para homologar los procedimientos a nivel nacional, priorizando la oralidad y el efectivo acceso a la justicia pronta, completa, imparcial y expedita, garantizando el apego a los derechos humanos.

Dicho ordenamiento será de orden público, interés social y observancia general en todo el territorio nacional, cuya finalidad es establecer la regulación procesal civil y familiar, con base en los derechos humanos previstos en la Constitución Política y los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.

El documento, enviado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales, consta de mil 191 artículos divididos en 10 libros, 43 capítulos y 81 secciones, con un total de 20 artículos transitorios previstos para su implementación.

Se precisa que el sistema de impartición de justicia en materias civil y familiar será adversarial, democrático y oral; contempla y regula las acciones colectivas para la defensa y protección de los derechos e intereses colectivos, mismas que serán ejercidas ante los órganos jurisdiccionales de la Federación en el ámbito federal y sólo podrán promoverse en materia de relaciones de consumo de bienes o servicios, públicos o privados y medio ambiente.

Considera que todos los procedimientos judiciales y los trámites que los integran, del orden civil y familiar, podrán tramitarse en línea y, en su caso, celebrarse todas o algunas audiencias a distancia, presentarse promociones y emitirse resoluciones electrónicas, así como autenticarse las mismas con firma electrónica certificada.

Menciona que la finalidad es la transición de una diversidad de legislaciones procesales hacia la instauración de un modelo único, prioriza la resolución del fondo del conflicto por encima de las formalidades procesales, contempla el enfoque social y aprovecha las herramientas tecnológicas como medio para mejorar la accesibilidad a la justicia.

Además, señala que el uso auxiliar de la justicia alternativa permitirá reducir la saturación de los sistemas de impartición de justicia en el ámbito local y cumplir con el deber estatal de resolver las controversias que se originen entre los particulares.

Con información de la Cámara de Diputados

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